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19-10-2017
ampliación de permiso diario para madres trabajadoras con hijos menores de 2 años

Estimadas socias:
El artículo 206 del Código del Trabajo establece que “Las trabajadoras tendrán derecho a disponer, a lo menos, de una hora al día, para dar alimento a sus hijos menores de dos años.” Además, precisa que “Este derecho podrá ejercerse de alguna de las siguientes formas a acordar con el empleador: a) En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo. b) Dividiéndolo, a solicitud de la interesada, en dos porciones. c) Postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el término de la jornada de trabajo.”
Al respecto, la empresa ha optado por el tercer sistema, teniendo por cumplida su obligación legal.
No obstante, lo anterior no es del todo correcto debido a que dicha hora diaria está destinada para la alimentación del menor, debiendo adicionarse a la misma el tiempo necesario para que las madres trabajadoras puedan concurrir a las salas cuna, su hogar o a los lugares donde estén cuidando a sus hijos menores de dos años, entendiendo esto como tiempo adicional de traslado del trabajo de ida y vuelta de la sala cuna o casa. Debiendo cancelar la empresa dicho traslado, Ej. Si la sala cuna está a 20 minutos de mi trabajo tengo que tomar 1 hora más 40 minutos que demoro en el traslado.
Así lo ha dispuesto la Dirección del Trabajo en distintos pronunciamientos, el último de ellos en junio de este año (ORD. N°2495/67 de 7 de junio de 2017).
Por lo tanto, solicitamos a las madres trabajadores con hijos menores de 2 años contactarse con el Sindicato a fin de analizar la situación de cada una y solicitar a la empresa se les adicione el tiempo necesario para su traslado diario. 

La Directiva

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