Protocolo en caso de Despidos por “necesidades de la empresaâ€
Causal de despido estándar
- Causa legal: ArtÃculo 161 del Código del Trabajo, “Necesidades de la empresaâ€.
- Justificaciones habituales: “reestructuraciónâ€, “disminución puestos de trabajoâ€, “supresión cargoâ€, etc.
Tener presente
- Empresa descontará de la indemnización por años de servicios los dineros aportados a la cuenta individual del seguro de cesantÃa del trabajador.
- Empresa descontará préstamos, anticipos, licencias médicas no reembolsadas.
- Con carta de despido puede cobrar seguro de cesantÃa en la AFC, sin necesidad de firmar finiquito.
- Empresa tiene que poner finiquito “a disposición†del trabajador dentro de 10 dÃas hábiles.
- Si trabajador no retira el finiquito y el cheque con las indemnizaciones en esa fecha, éstas no se pierden.
¿Qué se puede reclamar?
- Despido injustificado: incremento 30% indemnización por años de servicios.
- Que no se descuente el dinero aportado por el empleador a la cuenta individual de la AFC.
¿Qué hacer?
1- Cobrar seguro de cesantÃa en la AFC con solo la carta de despido (en algunas oficinas solicitan copia de la comunicación de
despido que la empresa envÃo a la Dirección del Trabajo).
2- Interponer denuncia en la Inspección del Trabajo por despido injustificado y descuento del dinero aportado a la AFC.
3- Asistir a comparendo en la Inspección y en él:
- Dejar escrito que no se está de acuerdo con la causal de despido ni con el descuento del dinero de la AFC y que demandará
por ello.
- No firmar finiquito
- Aceptar pago de montos ofrecidos en la carta de despido como “abono†de lo que se le debe.
- Si empleador no quiere pagar el dinero, indicar que se le debe aplicar multa por no pagar indemnizaciones del finiquito dentro
del plazo legal de 10 dÃas.
- Luego llevar antecedentes a abogado para que interponga demanda por “despido injustificado y cobro de prestacionesâ€.
¿Qué hacer?
1- Si empresa es de aquellas que no paga el dinero en el comparendo, y prefiere que se le aplique una multa, entonces se sugiere NO interponer reclamo en la Inspección y contactar de inmediato al abogado para interponer DEMANDA EN TRIBUNALES.
2-Indicar al abogado para que, en la primera audiencia del juicio (1 mes y 3 semanas desde que se interpone demanda), solicite “sentencia parcialâ€, lo que permite que se condene a la empresa a pagar mientras tanto lo que reconoce adeudar al trabajador y asà el juicio continúa por el adicional.